La Sentencia de la Audiencia Nacional sobre Atento Teleservicios dice que los despidos son nulos pues ha existido un defecto de forma en la aplicación del ERE. Desde FeS-UGT no podemos más que expresar satisfacción pues la Audiencia Nacional ha dado la vuelta a las pretensiones de Atento y tendrá que readmitir a todos los compañeros que fueron despedidos contra su voluntad.
La Sentencia afirma que el procedimiento llevado a cabo en el referéndum no se ajusta a derecho, ya que debían haber participado como “testigos” aunque no fuesen “organizadores”, CGT, USO y STC, sindicatos que o bien querían que la decisión de los trabajadores no fuera vinculante, o que votasen personas incluso de centros de trabajo no afectados. Desde FeS-UGT queremos subrayar que la Sentencia no dice, que haya habido “trampas” ni en quien votaba, ni en el resultado de la votación ni en nada en absoluto.
Dice igualmente que es FeS-UGT quien pide los contratos mercantiles entre Atento y Telefónica, así como que todas las secciones sindicales estaban en desacuerdo con los criterios que propuso la empresa para los despidos, que también todos los sindicatos efectuamos una crítica unánime de la elección del absentismo como criterio para las extinciones y que tanto a FeS-UGT y CCOO en las asambleas informativas que organizamos, los trabajadores nos pidieron que les consultásemos antes de tomar una decisión y que FeS-UGT subrayó que “no esté de acuerdo con las condiciones, sino que está conforme con presentarlo a los trabajadores”.
Aunque a ningún sindicato les parecieron justos los criterios que eligió la empresa para despedir a los compañeros, al Juez sí que le han parecido legales y que no generan indefensión. Y es que una cosa es lo que nos gustaría y otra lo que dice la Ley impuesta por el Partido Popular contra la que luchamos. Debemos por tanto agradecer al acuerdo que se validó en asamblea, consiguiendo que se eliminasen algunos de los criterios que había introducido la empresa: como considerar absentismo los permisos retribuidos o no retribuidos, o que se excluyesen a las parejas de hecho o matrimonios, o que tampoco fueran despedidas las víctimas de violencia de género, que el 40% fuesen voluntarios o que se redujeran a menos de la mitad los despidos forzosos (recordemos que Atento quería despedir a 823 personas y finalmente ha habido menos de 400 despidos forzosos).
La Sentencia dice exactamente lo que os hemos venido diciendo en cada comunicado: “que FeS-UGT no reconocía causas para el despido” y “que el acuerdo estaba condicionado a la aceptación de los trabajadores afectados”, por tanto, que si el referéndum hubiese dicho “no” hubiese sido “no” y que como un 83% de los trabajadores despedidos dijeron “sí”, fue “sí”.
Por último, y en esto se basa la nulidad de los despidos, entiende la Audiencia Nacional que los otros sindicatos tendrían que haber estado presentes en el referéndum, y que como no lo estuvieron se atenta contra su libertad sindical pues no pudieron informar a los trabajadores (ahí no podemos estar de acuerdo con la Sentencia: todos sabemos que no solo informaron a todos los trabajadores, sino que activamente pidieron que votasen que “no” incluso de forma coactiva sobre algunos trabajadores. FeS-UGT no pedimos que la gente votase “sí” o “no”, sólo que votasen lo que en su circunstancia personal considerasen oportuno).
Por tanto y en conclusión, si hubiésemos permitido el acceso a CGT, USO y STC al referéndum, el ERE jamás hubiese sido nulo (pues el Juez ha desestimado el resto de causas por las que se pedía nulidad) y no sabemos si hubiese sido ajustado a derecho o no puesto que la Sentencia no ha entrado a valorar si eran despidos procedentes o improcedentes, cosa que sí habría hecho el Juez de haber permitido entrar al resto de sindicatos al referéndum.
Aunque suponemos que la empresa recurrirá la Sentencia, desconocemos qué consecuencias puede traer a corto-medio plazo, porque la empresa, perfectamente podría hacer otro ERE u otras “artimañas” para despedir a la gente “barato” y “a dedo”. Creemos que, recurran o no, readmitirán a los trabajadores despedidos, los cuales tendrán que devolver las indemnizaciones percibidas. Por otra parte Atento tendrá que pagarles los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, hasta la incorporación, lo que implica, que la mayoría de los trabajadores comenzará a trabajar debiendo dinero a la empresa. Esperamos sensibilidad por parte de la empresa con esta situación.
Atento está controlado ahora por un “fondo capital-riesgo”, un “fondo-buitre” llamado Bain Capital, especuladores a la máxima potencia y para los que los trabajadores no somos ni números, pues simplemente miran la cuenta de resultados, y cuando no les gusta, levantan el vuelo y se van de España, como hizo Teletech.
Desde FeS-UGT, estimamos, tal y como hace la Audiencia Nacional, que hicimos un ejercicio de responsabilidad haciendo que los trabajadores despedidos decidiesen su futuro, en un ERE para el que jamás reconocimos causas y en el que apoyamos la decisión mayoritaria de la Asamblea de trabajadores despedidos.
Por tanto, desde FeS-UGT deseamos que el Tribunal Supremo mantenga la Sentencia, y vamos a solicitar que Atento no recurra la misma.