El día 31 de enero de 2014 se ha publicado Sentencia de la Audiencia Nacional en referencia al conflicto colectivo promovido por ambos sindicatos contra las patronales ASEMPLEO y FEDETT como consecuencia de la decisión empresarial de poner fecha de finalización a la aplicación del Convenio, alegando haber decaído por aplicación de la Reforma Laboral.
En dicha Sentencia, se avala el criterio de FeS-UGT y Comfia-CCOO de que el Convenio Sectorial incluye una cláusula en el artículo 5.4, donde se establece claramente que el convenio mantendrá su vigencia en tanto no se logre un acuerdo expreso que lo sustituya:
La Sala insiste en que la nueva redacción del artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores mantiene intacta la regulación anterior, dejando a los negociadores de un Convenio la facultad de disponer sobre la vigencia del mismo y, solo en caso de ausencia de pacto, es de aplicación supletoria lo previsto en el párrafo cuarto, resultando indiferente que el pacto se hubiera alcanzado antes o después de la entrada en vigor de la reforma laboral y, por consiguiente, sentencia que el V Convenio Colectivo de Empresas de Trabajo Temporal mantiene su vigencia normativa de acuerdo con lo previsto en su artículo quinto.
Esperamos que las patronales del sector ASEMPLEO Y FEDETT tomen buena nota y den pasos concretos que demuestren su disposición a negociar, convocando de nuevo a la mesa negociadora.