Empresas de Trabajo Temporal

Convenio de Empresas de Trabajo Temporal: Inicio del desbloqueo de la negociación

09 Abril 2013 | Archivado en Empresas de Trabajo Temporal

Después de varios meses de bloqueo intencionado por parte de ASEMPLEO y FEDETT de la Negociación del VI Convenio Colectivo, en el día de ayer se produjo la mediación solicitada ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), con dos mediadores ajenos a las partes negociadoras con la intención de conseguir acercar posturas.

Conjuntamente, los dos únicos sindicatos legitimados para negociar en el ámbito sectorial, FeS-UGT y Comfía-CCOO, trasladaron una vez más a los presentes los planteamientos unitarios de ambas organizaciones por los que podría pasar la firma del Convenio:

ESTRUCTURA DEL CONVENIO:

  1. Apuesta por el marco sectorial: condiciones homogéneas.
  2. Marco mínimo y complementario con el convenio de empresa.
  3. Reserva de materias propias.

VIGENCIA, DENUNCIA Y PRÓRROGA:

  1. Vigencia: 2011-2015
  2. Ultra-actividad: mantenimiento vigencia hasta que se logre nuevo acuerdo.

COMISIÓN PARITARIA:

  1. Nuevas competencias: mediación y/o arbitraje desacuerdos en modificación sustancial empresas sin RLT, procedimientos para solventar de manera efectiva las discrepancias según Art. 85.3.c TRET
  2. Recursos: cambio sistema de aportación económica actual por crédito de horas sindicales/liberados.

DESCUELGUE SALARIAL:

  1. Adaptación legal.
  2. Establecimiento de un procedimiento.

CLASIFICACIÓN PROFESIONAL:

  1. Adaptaciones legales necesarias.
  2. Creación comisión técnica para el estudio y desarrollo durante la vigencia del convenio.

INCREMENTO SALARIAL:

  1. Contención salarial: Aumento de los salarios basados en el contenido del AENC II: 0.5% para 2012, 0,6% para 2013 con cláusula de actualización, 2014 y 2015 con criterios según PIB del acuerdo citado.
  2. La contención de salarios según el mencionado acuerdo debe ir, necesariamente acompañada de apuestas por el empleo, por la estructura convencional sectorial, la flexibilidad interna negociada, etc.

JORNADA DE TRABAJO: Aplicación de medidas de flexibilidad interna conforme al AENC II:

  1. Distribución horaria: horas de referencia para el sector de 8h a 9h y de 17h a 18h
  2. Bolsa de horas médicas: las necesarias para asistencia médica del o la trabajadora y una bolsa de 20 horas anuales para acompañamiento médico a hijos/as menores y familiares dependientes hasta 2º grado.

De igual forma, se trasladó a los mediadores que mientras la parte social ha velado en todo momento por los intereses de los trabajadores, la patronal, convirtiendo a los trabajadores del sector en sus rehenes, ha llegado a plantear las escandalosas condiciones que os indicamos:

  • Congelación salarial: 0% de incrementos salariales durante 7 años de vigencia del convenio, hasta 2017!
  • Incremento de horas de trabajo en cómputo anual en 68 horas.
  • Eliminación del complemento de Incapacidad Temporal.
  • Elección por la empresa de todos los periodos de disfrute de vacaciones.
  • Supresión de “Garantía más Beneficiosas” del trabajador.
  • Imposición de horario de trabajo según necesidades de la empresa.
  • Eliminación de todas las mejoras en permisos, referencias de conciliación y violencia de género. Supresión de todos los derechos sindicales, de representación y de información a través de la Comisión Paritaria.

Señalando que el V Convenio podría ser un punto de encuentro siempre que los miembros de la Comisión Paritaria hagan funciones comerciales ante el gobierno. Las patronales, una vez más, dan así claras muestras de la falta de interés por mantener el marco sectorial, ni siquiera, el poder adquisitivo de los trabajadores del sector enrocándose en su posición intencionada de no mover nada, para una vez eliminada la ultra actividad aplicarnos el Estatuto de los Trabajadores únicamente…

Arduo y difícil vaticinamos será el trabajo de los mediadores implicados en el proceso de desbloqueo de la negociación con este tipo de empresarios que llegan incluso a poner en duda la legitimidad de Comfia-CCOO y FeS-UGT para poder estar presentes en la mesa negociadora, hablando descaradamente por boca de su “coro de aplaudidores”. Una cosa es alcanzar un acuerdo de Convenio, aunque pudieran sus contenidos no alcanzar todos los objetivos deseados, y otra muy distinta es que pretendan las empresas del sector que hagamos “tráfico de influencias” de tipo comercial los sindicatos de clase ante las administraciones y demás organismos…

Ante esta situación de bloqueo, los mediadores plantearon un calendario de reuniones semanales de la mesa negociadora, que, bajo el amparo de la Fundación SIMA, sondeará durante las próximas semanas la posibilidad definitiva de acuerdo o no.

Las condiciones de trabajo del personal de estructura de las Empresas de Trabajo Temporal deben mejorar, es perfectamente razonable y posible, y debe ser asumido por las empresas, por lo que la actitud de inmovilismo y cerrazón en la negociación que ha mantenido hasta ahora la patronal tiene que variar de manera sustancial e inmediata.