En el día de hoy se ha producido la que se puede considerar primera reunión de Mesa Negociadora del V Convenio Colectivo de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales constituida por parte de los Sindicatos FeS-UGT, Comfia-CCOO, y la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales como parte Patronal. Durante el transcurso de la misma, se ha analizado por las partes presentes el estado actual del sector, por lo que tras las primeras conversaciones mantenidas con la patronal, los criterios de inicio aportados por FeS-UGT a dicha mesa negociadora son los siguientes:
1.- Disposiciones Generales.
- Vigencia: 3 años, en función del resultado final.
- Ultra actividad: mantenimiento.
- Ordenación negociación colectiva en el sector.
2.- Clasificación Profesional: Adaptaciones necesarias para la adecuación de las categorías profesionales existentes a la realidad actual y vinculada a los certificados de Profesionalidad.
3.- Formación.
- Enmarcar la formación para el empleo dentro del horario laboral.
- Recuperación del tiempo de formación fuera del horario laboral por días de descanso.
- Facilitar la participación de los empleados con un contrato de trabajo suspendido por excedencia por motivos familiares en los procesos formativos de la empresa.
- Determinación de un tiempo mínimo de formación anual para cada trabajador.
4.- Contratación.
- Regulación de la jubilación parcial y el contrato de relevo.
- Reconocimiento de la antigüedad desde el primer contrato temporal, con independencia de los periodos en los que se encuentre suspendido por causas ajenas al trabajador.
5.- Tiempo de Trabajo.
- Según lo firmado en el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014, los Convenios Colectivos deberán incorporar la Flexibilidad Interna, en los siguientes conceptos:
- Tiempo de Trabajo
- Funciones
- Salario
- Jornada máxima anual:
- Año 2013: 1766 horas
- Año 2014: 1764 horas
- Año 2015: 1762 horas
- Flexibilidad horaria: establecimiento de media hora de flexibilidad en la entrada y la salida.
- Derecho a la jornada intensiva para personas con hijos menores de edad o discapacitados y familiares dependientes.
- Jornada intensiva los viernes de todo el año.
- Disfrute efectivo de las catorce festividades anuales.
- Vacaciones: Derecho a trasladar vacaciones cuando se presenta una IT durante su disfrute.
6.- Retribuciones.
- Los criterios salariales deben ajustarse al ritmo de actividad de la Economía Española, siguiendo lo pactado en el II AENC.
- Incrementos salariales:
- Año 2013: 0,6%, con la siguiente clausula de actualización. Si la tasa de variación anual del IPC general Español del mes de Diciembre fuera superior al IPC armonizado de la zona Euro en el mismo mes, entonces se tomara este ultimo para calcular el exceso. De producirse este hecho la cantidad resultante se aplicaría en una vez. Si el precio medio internacional en euros del petróleo Brent en el mes de Diciembre es superior en un 10% al precio medio del mes de Diciembre anterior, para calcular el exceso citado se tomaran como referencias los indicadores de inflación mencionados excluyendo en ambos los carburantes y combustibles.
- Años 2014 y 2015 el aumento de salarios se ajustara a la actividad de la Economía Española, según los siguientes criterios:
- Un incremento del 0,6% si el PIB crece menos del 1%.
- Un incremento del 1% si el PIB se mueve entre el 1% y menos del 2%.
- Un incremento del 1,5% si el PIB crece el 2% o más.
- Dietas y desplazamientos: actualizar y aumentar importes conforme a la subida salarial planteada.
- Sistemas de Retribución Variable: Introducción de criterios objetivos y medibles, en igualdad de condiciones.
7.- Permisos y Conciliación.
- Permisos retribuidos:
- Traslado del domicilio habitual: aumentar a dos días laborables.
- Bolsa de horas para acompañamiento médico a familiares hasta segundo grado, e ilimitadas para asistencia a médico especialista.
- Reducción de jornada por cuidado de hijo:
- Aumentar la edad protegida del menor a 10 años.
- Derecho de acumulación de la reducción y disfrute en días de libranza en periodos concretos a elegir.
- Excedencias:
- Mejora del tratamiento de excedencia para el cuidado de personas dependientes, con reserva del puesto de trabajo hasta los 3 años.
- Nuevos supuestos de excedencias: solidarias y formativas de un año con reserva de puesto de trabajo.
8.- Faltas y sanciones: Incluir como falta muy grave: Violencia de Género.
9.- Salud Laboral.
- Inclusión legislación específica correspondiente a:
- Tareas con Pantallas de Visualización de Datos. El RD 488/97 de 14 de abril y la Guía Técnica que lo desarrolla, Art. 3: “Obligaciones Generales del Empresario”.
- Evaluación de Riesgos: consideración de los factores psicosociales, de organización y los ergonómicos, éstos mediante la aplicación efectiva de la legislación específica.
- Acoso Moral: establecimiento de un protocolo de actuación.
10- Derechos Sindicales.
- Comunicación: tablón virtual, criterios para el uso del correo electrónico por parte de la R.L.T.
- Para la correcta administración, información y gobierno del presente Convenio a través del Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación, y el desarrollo del trabajo del mismo, se establece que las organizaciones sindicales firmantes de este Convenio tendrán derecho a disponer del volumen de horas correspondientes a dos personas liberadas (una por cada organización sindical firmante del convenio), con carácter nominativo.
11.- Igualdad de Oportunidades.
- Planes de Igualdad:
- Necesariamente los planes de igualdad deberán contener medidas referentes a las siguientes materias:
- Acceso al empleo.
- Clasificación profesional.
- Promoción y formación.
- Retribución.
- Ordenación del tiempo de trabajo.
- Prevención del acoso sexual y acoso por razón de género.
- Además los Planes de Igualdad deberán contener:
- Objetivos y plazos a alcanzar para erradicar cualquier tipo de discriminación detectada.
- Acciones a desarrollar para cumplir los objetivos marcados.
- Violencia de género:
- Flexibilización de los criterios de concesión de préstamos o anticipos a las mujeres víctimas de la violencia de género.
- Necesariamente los planes de igualdad deberán contener medidas referentes a las siguientes materias:
Posteriormente, las partes fueron convocadas a la siguiente reunión el próximo día 3 de Abril, en la que se tratarán aspectos de la Plataforma de Negociación de las partes. FeS-UGT aborda, como siempre con total responsabilidad la negociación de este Convenio, consciente de la situación complicada en la que se encuentra el Sector y las inquietudes existentes sobre el futuro del empleo en los Despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales. Esperamos mejorar en este Convenio las condiciones que regulan nuestra actividad laboral en el Sector y sobretodo mantener el empleo.