Como ya os informamos en el anterior comunicado, hoy había convocada una reunión de Mesa de Convenio en la que íbamos a llevar una propuesta como respuesta a la que había hecho la patronal sobre la modificación del artículo 17 del Convenio.
Tras el II Acuerdo de Empleo y Negociación Colectivo firmado la pasada semana, desde CCOO y Fes-UGT hemos tenido que aplazar la entrega ya que tenemos que evaluar y desarrollar los puntos que dicho acuerdo puede incidir en nuestro convenio.
El artículo 17 puede ser una herramienta para aplicar la flexibilidad interna en las empresas, con los siguientes criterios:
- No se perderá la esencia actual del artículo 17.
- Tendrá que ser una herramienta de ajuste cuando de verdad exista una disminución real.
Más información:
- La documentación para la acreditación de las causa de la disminución tendrá que entregarse antes, durante y después de que se esté produciendo.
- Se tendrá que establecer un procedimiento en las empresas, con participación de la representación sindical en todo momento.
Desde CCOO y Fes UGT pensamos que si aplicamos todo lo anterior conseguiremos un artículo 17 con garantías para todas y todos los trabajadores.
Para CCOO y Fes UGT, cualquier desarrollo que se haga, tendrá que formar parte de una propuesta dentro de un marco global con el resto del contenido del convenio (salario, contratación…) y por ello, cobra mayor importancia el análisis que debemos hacer del acuerdo interconfederal mencionado anteriormente.