El pasado 10 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.), tras innumerables incidencias por parte de la Autoridad Laboral, el IV Convenio Colectivo Estatal de Gestión y Mediación Inmobiliaria. Las partes firmantes del Convenio Colectivo, conscientes de la difícil situación en la que se encuentra este sector en nuestro país, debido a la desaparición de multitud de empresas como consecuencia de la crisis inmobiliaria y financiera, han pactado un convenio colectivo responsable, en la línea de los criterios establecidos por los Acuerdos para el Empleo y la Negociación Colectiva 2010-2012 por CEOE, CEPYME, UGT y CCOO.
FeS-UGT consideraba fundamental un pacto que recogiera cláusula de revisión salarial, y que focalizara en la formación profesional sectorial para una auténtica profesionalización de los trabajadores. Este convenio nos ayudará a trabajar en pos de una clarificación de las categorías profesionales, a través de una comisión de clasificación profesional. También permitirá mantener poder adquisitivo en 2011, a través de la Cláusula de Revisión Salarial, así como incluir otros aspectos importantes como son los planes de igualdad, ampliación de derechos sociales y un día más de vacaciones. Los aspectos más destacables de este convenio son:
Subida salarial:
- 2011: Incremento de niveles salariales desde el 1 de enero en un 1,5%. Cláusula de revisión salarial hasta el IPC real, con efectos retroactivos desde el mes en que el IPC alcance el 2%.
- 2012: Incremento inicial del 2% (desde el 1-1-2012). Cláusula de revisión salarial hasta el IPC real.
Vigencia: 2 años (2011 y 2012).
Categorías Profesionales y Formación Continua:
- Comisión Técnica que trabajará para la el análisis y actualización del actual sistema.
- Declaración de apoyo a la formación y certificación de la misma a través de un tiempo mínimo de formación, mejora y actualización de los recursos y competencias plenas con dinamización de la Comisión Paritaria de Formación.
Derechos Sociales: Jornada intensiva para trabajadores con hijos menores de 8 años, minusvalía, enfermedad grave (propia o cónyuge pareja de hecho o familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad) o cuidado de personas dependientes.
Vacaciones: 1 día más de vacaciones, pasando a 31 días naturales, así como un día más de libranza, que se sumarán a los 2 días de libre disposición existentes.
Derechos Sindicales: Reconocimiento explícito de los sindicatos como interlocutores válidos y representativos.