Esta vez no ha sido FEAPEN, sino que una de sus "asociaciones de empleados" asociada asimismo a FEAPEN (Asociación de Empleados de Notarías de Andalucía Occidental), la que se ha prestado para intentar volver a impugnar por la vía de los Tribunales de Justicia, lo que no han sido capaces de defender en la Mesa de Negociación del I Convenio Colectivo Estatal de Notarios y Personal Empleado.
Mediante Sentencia 41/2011, de fecha 4 de Marzo de 2011, establece la pretensión de esta "asociación" de la nulidad del Título IV y el Art. 55 ya que indican que FeS-UGT y Comfía-CCOO no tenemos legitimidad para la firma de dicho Convenio Colectivo.
Tras la lectura sosegada de esta Sentencia, llegamos a las siguientes conclusiones:
- El Convenio Colectivo de Andalucía Occidental no se encuentra vigente, ya que lo denunció esta asociación en el año 1995, volviéndose a denunciar nuevamente de forma inexplicable por la misma asociación en el año 2008. Evidentemente no fue admitida a trámite por encontrarse ya denunciado por ellos mismos… Por lo tanto no hay concurrencia alguna de Convenios, ya que no se encuentra vigente el de Andalucía Occidental, estando en ultra actividad desde 1995 (16 años), sin que durante tan largo periodo se sentaran a negociar un nuevo Convenio. Evidentemente, al encontrarse este Convenio en ultra actividad y firmarse el Convenio Estatal, queda automáticamente derogado el Convenio de Andalucía Occidental.
- FeS-UGT y Comfía-CCOO ostentan el 100% de representatividad de los trabajadores en el Sector de Notarios de Andalucía Occidental. En el ámbito estatal ostentan el 68,82% de representatividad, ostentando absoluta legitimidad para negociar y acordar el Convenio Colectivo impugnado.
- Esta asociación de empleados de Andalucía Occidental nunca pudo pedir su participación en la Negociación Colectiva del I CC Estatal de Notarios y Personal Empleado, ya que se encuentran asociados a FEAPEN (la cual si participó en toda la negociación).
- La Asociación de Empleados de Notarías de Andalucía Occidental no tiene ningún representante unitario de los trabajadores en la zona indicada, por lo que no ostenta legitimidad alguna para representar a los trabajadores.
- Advierte la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional a esta Asociación demandante de rayar la "mala fe procesal", ya que defender la naturaleza extraestatutaria de un Convenio Colectivo, cuando antes se defendió lo contrario, apoyándose en su condición de Convenio estatutario, para denunciar su concurrencia con el Convenio denunciado. Por lo tanto la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, desestima totalmente las pretensiones de esta Asociación de Empleados de Notarías de Andalucía Occidental. De todo lo anteriormente expuesto en esta aclaratoria Sentencia nos preguntamos una vez más desde FeS-UGT cual es el verdadero motivo para que FEAPEN y sus "asociados" actúen de esta forma, porque sus actitudes y trayectoria avalan que ya nadie se cree que piensen en el bienestar de los trabajadores de Notarías, a la vista de las "esperpénticas" actuaciones más propias de "película de Berlanga" que de una Asociación que defienda los intereses de TODOS los trabajadores de Notarías. Los trabajadores del Sector Notarías en España deben recordar quien está por la defensa de sus intereses y quien hace avanzar sus reivindicaciones para alcanzar sus legítimos objetivos.