El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de SOGETI ESPAÑA, S.L.U. interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 3 de mayo de 2010. En esa sentencia, La Audiencia Nacional declaraba "contraria a derecho la práctica de la empresa consistente en absorber y compensar de las mejoras voluntarias el incremento salarial en el complemento de antigüedad".
SOGETI pretendió, unilateralmente, romper un acuerdo firmado con los Representantes de los Trabajadores por el cual "… las partes acuerdan que la compensación y absorción no sería aplicable en ningún caso: 1) Al concepto salarial de antigüedad…"
Una vez más, FeS-UGT ha estado al lado de los trabajadores y al frente de sus reivindicaciones, apostando hasta el final por unos derechos que tanto tiempo y esfuerzo nos ha costado conseguir.
Parece que está de moda la reclamación de la no absorción de la antigüedad. No olvidemos la reciente sentencia contra CAPGEMINI del 2 de febrero de la Audiencia Nacional, sobre la demanda interpuesta por varios Comités de Empresa en los que la Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT) ostenta la mayoría.
Esta última sentencia declara contraria a derecho la absorción y compensación del complemento salarial de antigüedad, por lo que los trabajadores de Capgemini deberán volver a recibir el importe correspondiente al concepto antigüedad de la misma manera que lo hacían hasta diciembre 2009, es decir, sin que se descuente de la Mejora Voluntaria, y también reconoce el carácter retroactivo, por lo cual los importes generados desde enero de 2010 deberán también ser abonados por la empresa.
Por último, y sin que sea menos importante, queremos resaltar y agradecer a todos los afiliados de FeS-UGT en SOGETI y CAPGEMINI, el esfuerzo realizado durante estos meses.
Los trabajadores deben recordar quién está por la defensa de sus intereses y quién hace avanzar sus reivindicaciones para alcanzar sus legítimos objetivos.