Cómo todos recordareis, a consecuencia de la reducción del 5% del salario al personal de la Mutuas de Accidentes de Trabajo impuesta por el gobierno, FeS-UGT presentó en solitario una consulta a la Comisión Mixta del Convenio de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo. Lamentablemente, en aquella ocasión no hubo acuerdo sobre la aplicación del RD 8/2010 a las Mutuas, las patronales no quisieron pronunciarse, y FeS-UGT explicitó las razones por las que el salario pactado en dicho Convenio no debía verse aminorado por dicho RD, y debía de pagarse íntegramente.
Dado que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2011 vuelve a atacar contra los salarios de los trabajadores de las MATEPSS, FeS-UGT ha creído necesario volver a presentar una nueva consulta, en esta ocasión conjuntamente con CCOO, a la citada Comisión Mixta, por si tuviéramos que iniciar demandas para la aplicación de lo estipulado en el Convenio Colectivo de aplicación.
En el escrito presentado se solicitaba que la Comisión Mixta interpretara si la congelación para las MATEPSS recogida en la citada Ley 39/2010, "supone una limitación que impide la aplicación, total o parcial, de los compromisos económicos adquiridos establecidos en el vigente Convenio Colectivo". Nos alegra ver que en esta ocasión todas las partes hemos coincidido en la respuesta, en la que literalmente se expresa que las únicas limitaciones son las que vienen marcadas en el Convenio Colectivo, y que "para atender estos compromisos se utilizará la masa salarial disponible entendida en su conjunto y deforma global".
Esta respuesta refuerza más aún la posición que desde FeS-UGT venimos reiterando desde que salió el mencionado RD y volvimos a reiterar cuando se aprobaron los Presupuestos para el 2011, ya que nuestra postura siempre ha sido que aunque se reduzcan o congelen las partidas salariales para las MATEPSS desde el ministerio, estas deben entenderse al total de la masa salarial, y no a los salarios de los trabajadores acordados en Convenio.
Por esta razón, esperamos que la respuesta que desde la Comisión Mixta se ha emitido, sea tenida en cuenta por la Dirección de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, y no realicen ninguna acción que sea contraria a lo acordado en el Convenio Colectivo, cuyos acuerdos, según la propia Comisión Mixta, "son de obligado cumplimiento para todas las empresas incluidas en el ámbito funcional y personal del Convenio General de Seguros, Reaseguros y M.A.T.E.P.S.S, según regula el artículo 1".
Desde FeS-UGT celebramos dicha respuesta, y os recordamos que el plazo máximo para aplicar las tablas salariales en nuestras nóminas finaliza el 31 de Marzo, por lo que instamos a todos los trabajadores de las Mutuas de Accidentes de Trabajo que vean afectados sus salarios por una inaplicación de los acuerdos alcanzados en Convenio, se pongan en contacto con sus representantes de FeS-UGT o con nuestra Federación, para proceder a las oportunas acciones legales colectivas en defensa de vuestros intereses.