El acuerdo recoge, como había reivindicado UGT desde la comunicación de inicio del expediente, que no se produjera ningún recorte salarial y que cualquier tipo de actuación tuviese la condición de voluntariedad, y, como al final así ha terminado sucediendo. La firmeza de nuestra posición ha sido determinante para que la empresa retirase la modificación sustancial de condiciones de trabajo, que suponía un nuevo recorte salarial para la plantilla. No habrá tampoco movilidad geográfica forzosa y no habrá tampoco extinciones forzosas. Este acuerdo cumple con nuestros requisitos y en cuanto a las extinciones voluntarias, sus condiciones superan notablemente las pactadas con anterioridad y posibilitará con más rapidez el retorno a su lugar de origen del personal desplazado en anteriores expedientes.
Se ha alcanzado un acuerdo con el 98% de la RLT, que supone 700 extinciones voluntarias y 200 movilidades geográficas, también voluntarias. En el transcurso de las negociaciones y gracias a la presión de UGT, la empresa retiró el Artículo 41 del E.T., relativo a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Para las extinciones voluntarias se han previsto tres colectivos:
- Nacidos entre 1958 y 1960
- Nacidos entre 1961 y 1962
- Resto
Las condiciones económicas para la extinción de los contratos de trabajo, se han pactado con unos importes del 57% del Salario Regulador y unas primas de adhesión en función de la edad. La fecha para la ejecución de las medidas está prevista para el final del tercer trimestre del 2015.