Se estima parcialmente la demanda interpuesta por USO, CC.OO., UGT y CSIF contra la empresa MAGASEGUR, S.L. y se anulan las Tablas Salariales de 2012 del Convenio Colectivo de dicha empresa, publicado en el BOE de 9 de marzo de 2013.
La Sala entiende que las Tablas Salariales de 2012 debieron abonarse en su momento por la empresa demandada, quien pudo descolgarse del Convenio Sectorial si hubiesen concurrido las causas legalmente establecidas, pero al no hacerlo así, lucrándose del trabajo de sus trabajadores en ese período sin abonarles el precio convenido, constituyó un auténtico fraude de ley, por cuanto la prioridad aplicativa del convenio de empresa tiene por finalidad dinamizar las relaciones laborales, pero no es, un instrumento para que las empresas “normalicen” el incumplimiento de los convenios.