Ayer día 27 se ha procedido a la firma por más del 75% de la representación sindical (UGT, CCOO y ACB) del acuerdo que regulará la aplicación del Teletrabajo (desarrollo del 90% de la jornada laboral en el domicilio del propio trabajador).
Ámbito de aplicación: áreas de apoyo, corporativas, servicios centrales y direcciones territoriales.
Adhesión voluntaria, formalizada mediante contrato individual. Posibilidad de reversión al trabajo presencial en la oficina.
Condiciones laborales: se mantienen las de aplicación por convenio colectivo sectorial de banca y acuerdos de empresa (jornada, horario, vacaciones, licencias, etc). Protección en materia de riesgos laborales.
Compensaciones: se mantiene la Ayuda alimentaria en los términos que se percibiera y se percibirá un complemento mensual de 50 euros. La empresa dotará de material informático y ofrecerá mobiliario de trabajo.
En el transcurso de la aplicación del acuerdo, UGT apoyará que en situaciones familiares que lo requieran, se facilite la conciliación mediante la adhesión temporal a esta modalidad.