Empresas de Consultoría, Estudios de Mercado y de Opinión Pública

Se acuerda una salida digna al despido colectivo en INDRA

05 Agosto 2015 | Archivado en Empresas de Consultoría, Estudios de Mercado y de Opinión Pública

La mayoría de los sindicatos hemos llegado a lo que consideramos que hace no merecer la pena, que arriesguemos el dinero ni el futuro de 1850 personas. Debemos recordar, que sin acuerdo, existirían 1850 despidos, realizados por INDRA, y con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, como marca la Ley.

¿Qué dice el acuerdo?

Os resumimos los principales puntos

- Se minora el número máximo de afectados a 1.750.

- Se reducirán, de estos 1.750, 350 despidos más, por medio de recolocaciones en empresas de grupo, reducciones de salario voluntarias (como máximo del 20% e indemnizadas a 40/24), e internalización de puestos subcontratados.

- Prejubilaciones (se incrementará la base de Seguridad Social, año a año, con el 1%):
   o Con 63 años o más. Indemnización de 20 días por año y 12 mensualidades como máximo.
   o De 59 hasta 63: Si ganas menos de 40.000€ al año, cobrarás el 90% del salario neto hasta  los 63 años; Si ganas más de 40.000€ el 80%.
   o Entre 57 y 58 años de edad: Si ganas menos de 40.000€ al año, cobrarás el 85% del  salario neto hasta los 62 años; Si ganas más de 40.000€ el 80%.

- Indemnizaciones: 40 días por año trabajado y 24 mensualidades de tope (el doble que la legal).

- Prima de antigüedad: Además y sin que afecte al tope de los 24 meses: Si tienes más de 20 años de antigüedad, 10.000€ adicionales; o si tienes más de 15 años, 5.000€ adicionales.

- Prima de voluntariedad: Si te apuntas voluntario (tienes hasta el 15 de Septiembre), 5.000€ adicionales, que tampoco afectarían al tope.

- Colectivos excluidos (no podrán ser despedidos, salvo que quieran salir voluntariamente): matrimonios y parejas de hecho (no podrán ser afectados los dos miembros), si tienes hijos/as con enfermedad grave, tener una discapacidad propia o de hijo/a del 33% o más.

- En caso de movilidad geográfica, sería siempre voluntaria, e indemnizada con 7.000€.

- Garantías de empleo: No podrá realizarse ningún tipo de despido objetivo (artículo 51 del ET), por ninguna causa, hasta el 31 de diciembre de 2016.

UGT, TRAS LA CONSECUCIÓN DEL PRESENTE ACUERDO,
DESCONVOCAMOS LA HUELGA LEGAL (paros parciales) CONVOCADOS POR NUESTRO SINDICATO