Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos

La patronal ya tiene nuestra hoja de ruta

24 Marzo 2014 | Archivado en Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos

El pasado miércoles tuvimos la reunión de Mesa Negociadora del Convenio en la que, por fin se comienza la misma propiamente dicha, tras su constitución.

Por parte de FeS-UGT se ha elaborado una plataforma negociadora REALISTA con planteamientos para MODERNIZAR EL CONVENIO y acorde a la situación actual que vive el sector de la Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos en nuestro país, nutrida con las aportaciones de los delegados de nuestro sector:

Empleo y Contratación

  • Limitar la edad máxima “con independencia de la tasa de desempleo” en la contratación de los becarios a 25 años. Y limitar a 28 años, la edad máxima para el Contrato para la Formación. En ambos casos con obligación de información previa a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT).
  • Reconocimiento de la antigüedad durante toda la vida laboral del trabajador/a en la empresa, con independencia de los períodos de interrupción. (Sentencia de Tragsatec)
  • Limitar al 25%, el porcentaje máximo de contratación temporal en relación con el total del personal fijo en la empresa. Dentro de la contratación temporal y a efectos del cálculo del porcentaje anterior, se considerarán incluidos los trabajadores contratados a través de ETT y los trabajadores autónomos. En ningún caso el total de contrataciones a través de ETT y de autónomos podrá superar el 10% de la plantilla fija.
  • En el caso se sucesiones en la realización o prestación de un servicio entre empresas de aplicación de este convenio colectivo, sus trabajadores se subrogarán manteniendo las condiciones que tenían en la empresa de origen.

Formación

  • Revisión del artículo 15 y 47. Actualización con la legislación actual.

Jornada Laboral, vacaciones, permisos retribuidos y conciliación de la vida laboral y personal

  • Revisión del artículo 22:
    • Reducción de la jornada máxima anual hasta las 1.780 horas.
    • Establecer mecanismos de flexibilidad en la entrada y salida de la jornada laboral diaria.
    • Mecanismo que asegure el disfrute de las 14 festividades anuales del calendario oficial
    • Flexibilidad de prestación jornada intensiva, jornada completa en función de diferentes situaciones personales, como el ejercicio
    • paternidad-maternidad responsable, las situaciones de dependencia y otras.
  • Revisión del Artículo 23: 24 días de vacaciones.
  • Revisión artículo 24. Inclusión de nuevos casos de permisos retribuidos.
  • Desarrollo del artículo 25. Nuevas medidas de conciliación de vida laboral y personal.

Faltas y sanciones:

  • Revisión de algunos textos del artículo 27.

Retribución:

  • Artículo 33: Revisión de la retribución en el marco del AENC II.
  • Artículo 36: Revisión de las condiciones, supuestos y compensación de las horas extraordinarias, con el espíritu de creación de empleo. En el Anexo I se presenta una propuesta de redacción.
  • Artículo 38: Supresión del artículo 38.3 del Convenio Colectivo, tal y como recoge la sentencia. El plus de convenio forma parte del cálculo de la hora extraordinaria.

Desplazamientos:

  • Artículo 37: Revisión de los importes de dieta de desplazamiento en territorio español y del fasto de locomoción.
  • Artículo 37: Con motivo de la creciente internacionalización de las empresas del sector es necesario crear un debate que permita proveer a las organizaciones empresariales de instrumentos para establecer las condiciones de desplazamiento de sus empleados en los proyectos internacionales. Se deberán unificar y aclarar criterios, ofrecer herramientas para controlar los costes, minimizar inequidades, estimular las asignaciones internacionales y coordinarlas correctamente. Se debe definir una política competitiva y homogénea para todos los implicados, empresa y trabajadores, trabajadoras con una flexibilidad equilibrada que permita contemplar las diferentes circunstancias y casuísticas de las asignaciones internacionales y de los empleados.

Derechos sindicales

  • 16. Revisión del artículo 42:
    • Horas sindicales para los negociadores del convenio colectivo y los miembros de las comisione que se creen como extensión del mismo.
    • Acumulación de créditos sindicales dentro de las secciones sindicales.

Pantallas de visualización de datos

  • Adaptar el artículo 45 a la actualidad.

Responsabilidad Social Corporativa

  • Incluir recomendaciones a las empresas con ámbito de aplicación en este convenio de iniciar planes estratégicos de Responsabilidad Social Corporativa. Tomando como espíritu la Ley de Economía Sostenible, en el anexo II se propone una redacción de un artículo nuevo en el convenio colectivo.