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Retribución de altos ejecutivos

01 Octubre 2011 | Archivado en ATC

El Consejo de la Unión Europea reunido el mes de julio de 2010, reconoció la directa relación entre la actual crisis financiera mundial, iniciada en 2007 con las hipotecas basura en EE.UU., continuada con la caida de Lehman Brothers y extendida a través de los bancos de todo el mundo y las retribuciones de los altos ejecutivos de las empresas más importantes del mundo, aunque tardó hasta cuatro meses en publicar la Directiva 2010/76, el pasado mes de Noviembre. Su contenido muestra la preocupación por los riesgos asumidos por estos altos directivos en sus empresas, a las que exigieron un enorme incremento de beneficios, que las llevaron a malas prácticas poniendo en grave riesgo su futuro, aunque incrementaron sus bonus.

El reconocimiento se hace patente en el considerando número uno de la Directiva, en el que señala "que las inadecuadas estructuras de remuneración de algunas entidades financieras han sido factor coadyuvante" en la quiebra de bancos y entidades financieras y los problemas sistémicos que atravesamos.

Continua señalando que "Toda política de remuneración que ofrezca incentivos para asumir riesgos que rebasen el nivel general de riesgo tolerado por la entidad puede ir en detrimento de una gestión sana y eficaz de los riesgos y exacerbar los comportamientos temerarios".

Sin embargo varias medidas incluidas en la Directiva 2010/76 defienden, como antídoto al riesgo asumido en exceso por los altos directivos y su orientación en el corto plazo, algunos principios que coinciden con las políticas de remuneración imperantes antes de la crisis, cautelas que no fueron suficientes para evitarla. De esta forma, la Directiva 2010/76 orienta el pago del salario variable hacia las stock options en acciones y fomenta el pago del sueldo variable de forma plurianual, difiriendo su cobro en varios años, contrastando con los planes a corto plazo previos a la crisis.

Esta Directiva establece que "una parte sustancial del variable debe consistir en acciones o instrumentos vinculados a acciones" en alusión a las stock options. En nuestro país, el Banco de España condiciona que un 50% del salario variable debe ser en acciones del banco.

La Directiva fija que "La remuneración variable debe representar una proporción equilibrada de la remuneración total".

Como antes dijimos esta Directiva reforma y cambia el criterio cortoplacista de los bonus y retribuciones variables de los altos ejecutivos en pagos a mayores plazos.Cita literalmente que "entre el 40 y el 60% de la remuneración variable debe aplazarse a lo largo de un periodo adecuado de tiempo". El Banco de España sitúa este plazo en tres años. La base de esta teoría considera que el alto ejecutivo se comportará como un acreedor asumiendo menos riesgo, al menos hasta que la deuda contraida con él sea satisfecha. Su efectividad real es un enigma a día de hoy.

La Directiva subraya estos criterios como obligación expresa para las empresas de crédito y las entidades de inversión, señalando "la necesidad de mantener con aquellas categorías de empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en su perfil de riesgo, políticas y prácticas de remuneración compatibles con una gestión eficaz del riesgo. Entre estas categorías de empleados deben encontrarse, como mínimo, los altos directivos, los empleados que asumen riesgos, los que ejercen funciones de control y cualquier otro empleado cuya remuneración total, incluidas disposiciones en materia de beneficios discrecionales en pensiones, se sitúe en el mismo baremo de remuneración que los altos directivos y los empleados que asumen riesgos".

Aunque algunas de sus medidas están en línea con dudosas prácticas anteriores y la reciente experiencia que aun padecemos, la Directiva debería servir para paliar la ambición desmedida de muchos ejecutivos, claro origen de la crisis actual. Esperemos.